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Children's Hospital of Orange County is now Rady Children's Health.

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Home » Políticas y legislación » Derechos y responsabilidades del paciente

Derechos y responsabilidades del paciente

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Creemos que cada persona merece trato equitativo y atención médica de alta calidad. De acuerdo con las leyes estatales y federales, usted y su familia tienen derechos y responsabilidades que deseamos que comprendan y ejerzan. Si por alguna razón usted necesita ayuda o no entiende algo, nosotros le proporcionaremos la ayuda necesaria, incluyendo los servicios de un intérprete.

Usted tiene el derecho a:

  1. Recibir una atención considerada y respetuosa, y a sentirse cómodo. También tiene derecho a ser respetado por sus valores, creencias y preferencias culturales, psicosociales, espirituales y personales.
  2. Que le avisen de inmediato a un familiar (u otro representante de su elección) y a su propio médico que ha sido admitido en el hospital.
  3. Saber el nombre del profesional de atención médica certificado que actúa en el marco de su certificación profesional y que tiene la responsabilidad principal de coordinar su atención, y los nombres y las relaciones profesionales de los médicos y empleados no médicos que lo verán.
  4. Recibir información acerca de su estado de salud, diagnóstico, prognosis, curso del tratamiento, posibilidades de recuperación y resultados de la atención (incluidos los resultados no esperados) con términos que usted pueda comprender. Tiene derecho también a tener una comunicación efectiva y participar en el desarrollo e implementa- ción de su plan de atención. También puede participar en cuestiones éticas que surjan durante su atención, incluidos temas sobre resolución de conflictos, denegación de servicios de resucitación, y continuación o retiro del tratamiento para mantener la vida.
  5. Tomar decisiones sobre su atención y recibir toda la información sobre cualquier tratamiento o procedimiento propuesto que pueda necesitar para dar su consentimiento informado o rehusar un curso de tratamiento. Excepto en casos de emergencia, esta información incluirá una descripción del procedimiento o tratamiento, los riesgos medicamente significativos involucrados, los tratamientos alternativos o no tratamiento y los riesgos que cada uno implica, y el nombre de la persona que realizará el procedimiento o tratamiento.
  6. Solicitar o negarse a recibir tratamiento, en la medida que lo permita la ley. Sin embargo, usted no tiene derecho a exigir tratamientos o servicios inadecuados o que no sean medicamente necesarios. Tiene derecho a abandonar el hospital incluso en contra de la recomendación de los miembros del personal médico, en la medida que lo permita la ley.
  7. Ser notificado si el hospital o el profesional de atención médica certificado que actúa en el marco de su certificación profesional propone participar o realizar experimentos que afecten su atención o tratamiento. Rehusar participar en tales proyectos de investigación.
  8. Recibir respuestas razonables a toda solicitud razonable que realice sobre los servicios.
  9. Recibir una evaluación y un control adecuados de su dolor, información sobre el dolor y medidas para el alivio del dolor y a participar en decisiones acerca del control del dolor. También puede solicitar o rechazar el uso de cualquiera o de todas las modalidades para aliviar el dolor, incluidos los medicamentos opiáceos si sufre de dolor crónico grave persistente. El médico puede negarse a recetar medicamentos opiáceos, pero si es así, debe informarle a usted que existen médicos que se especializan en el tratamiento del dolor crónico grave con métodos que incluyen el uso de opiáceos.
  10. Formular instrucciones anticipadas. Esto incluye designar a una persona que tome las decisiones si usted no puede comprender un tratamiento propuesto o si no puede comunicar sus deseos con respeto a la atención. El personal y los profesionales del hospital que proporcionan atención en el hospital cumplirán dichas instrucciones. Todos los derechos del paciente se aplican a la persona que tiene la responsabilidad legal de tomar las decisiones relacionadas con la atención médica en su nombre.
  11. Que su privacidad sea respetada. La discusión del caso, las consultas, los exámenes y el tratamiento son confidenciales y se deben realizar con discreción. Tiene derecho a que le indiquen la razón de la presencia de cualquier persona. También tiene derecho a que las visitas se retiren antes de un examen y cuando se habla de temas relacionados con el tratamiento. Se usarán cortinas para privacidad en habitaciones semiprivadas.
  12. Recibir tratamiento confidencial de todas las comunicaciones y registros relacionados con su atención y permanencia en el hospital. Usted recibirá un “Aviso sobre prácticas de privacidad” (Notice of Privacy Practices) por separado que explica en detalle sus derechos a la privacidad y cómo podemos utilizar y divulgar la información protegida sobre su salud.
  13. Recibir atención en un entorno seguro, donde no haya abuso mental, físico, sexual ni verbal, ni tampoco negligencia, explotación o acoso. Usted tiene derecho a acceder a servicios de protección y defensa, lo que incluye notificarles a las agencias del gobierno sobre negligencia o abuso.
  14. No tener restricciones ni estar aislado de ninguna forma por decisión del personal como medio de coerción, disciplina, conveniencia o represalia.
  15. Recibir una atención razonablemente continua y saber por adelantado la hora y el lugar de las citas, así como también la identidad de las personas que proporcionan la atención médica.
  16. Ser informado por el médico, o un representante del médico, de los requisitos y opciones de atención médica continua luego de haber sido dado de alta del hospital. También tiene derecho a participar en el desarrollo e implementación de su plan de alta. Si lo solicita, un amigo o un familiar también pueden recibir esta información.
  17. Conocer las reglas y políticas del hospital que se aplican en su conducta mientras sea paciente.
  18. Designar a una persona de apoyo así como a visitas que usted elija, si tiene la capacidad de tomar decisiones, independientemente de que la visita sea un familiar de sangre, por matrimonio o por unión doméstica registrada, a menos que:
    • No se permitan visitas.
    • El establecimiento determine de manera razonable que la presencia de una visita en particular podría poner enpeligro la salud o la seguridad de un paciente, de un miembro del personal del establecimiento de salud o de otras visitas en el establecimiento de salud, o podría interrumpir de manera significativa las funciones de dicho establecimiento.
    • Usted le haya notificado al personal del establecimiento de salud que ya no desea que una persona determinada lo visite.

      Sin embargo, el establecimiento de salud puede establecer restricciones razonables para las visitas, incluidas restricciones sobre los horarios de visita y la cantidad de personas.

      El establecimiento de salud debe informarle a usted (o la persona que le brinda apoyo, cuando corresponda) sobre sus derechos de visita, incluidas las restricciones o limitaciones clínicas. El establecimiento de salud no puede restringir, limitar, o de otro modo, negar los privilegios de visita por razones de raza, color, nacionalidad, religión, sexo, identidad de género, orientación sexual, o discapacidad.
  19. Que sus deseos sean tenidos en cuenta si no tiene la capacidad de tomar decisiones para determinar quién lo puede visitar. El método de dicha consideración cumplirá con la ley federal y se divulgará en las políticas del hospital sobre las visitas. Como mínimo, el hospital incluirá toda persona que viva en su hogar y cualquier persona de apoyo de conformidad con la ley federal.
  20. Examinar y recibir una explicación de la cuenta del hospital, independientemente de la fuente de pago.
  21. Ejercer todos estos derechos, razonez, y estar libre de discriminación por motivos de sexo, estado económico, formación escolar, raza, color, religión, ascendencia, nacionalidad, orientación, identidad/expresión de género, discapacidad, condición médica, estado civil, edad, estado de unión doméstica registrada, información genética, ciudadanía, idioma principal, estado de inmigrante (excepto según los requisitos de la ley federal) o fuente de pago para la atención.
  22. Presentar una queja. Si desea presentar una queja con este hospital, puede hacerlo por escrito o llamando a Customer Service CARE Line al (714) 509-3200 o por correo a Customer Care and Patient Advocacy Department, 1201 W. La Veta Ave, Orange, CA.

    El comité de quejas analizará cada queja y le dará una respuesta por escrito en el lapso de 30 días. La respuesta por escrito incluirá el nombre de la persona con la que debe comunicarse en el hospital, las medidas tomadas para investigar la queja, los resultados del proceso conciliatorio, y la fecha de finalización del proceso conciliatorio. Las inquietudes relacionadas con la calidad de la atención o un egreso permaturo también pueden ser remitidas a la Organización de Revisión Profesional de la Utilización y Calidad de los Servicios (Utilization and Quality Control Peer Review Organization [PRO]) correspondiente.
  23. Aunque haya utilizado el proceso de trámites de quejas del centro de saludo o clínica, presente una queja al California Civil Rights Department (Departamento para Empleo y Vivienda Justos) en www.dfeh.ca.gov, al (800) 884-1684 o al (800) 700-2320 (TTY), o escriba a 2218 Kausen Drive, Suite 100, Elk Grove, CA 95758.
  24. Le informamos que los doctores en medicina no son empleados o representantes del centro de salud o clínica sino trabajadores independientes con privilegios como personal médico autorizados con licencia y regulados por el Medical Board of California (Consejo Médico de California). Para verificar una licencia o para presentar una queja en contra de un médico, acuda a www.mbc.ca.gov, llame al (800) 633-2322, escriba a 2005 Evergreen Street, Suite. 1200, Sacramento, CA 95815, or mande un correo electronico a [email protected].
  25. Comuníquese con la administración del centro de salud o clínica si surgen problemas en cuanto al cuidado y la seguridad del paciente que el centro o clínica no haya solucionado o haya resuelto a su satisfacción. Si la administración del centro o clínica no le pudo dar solución a estos problemas, puede comunicarse con el Departamento de Salud. Comuníquese con el California Department of Public Health, Licensing and Certification Program, en Orange County District Office, 681 S. Parker St., Suite 200. Orange, CA 92868. Phone 714-567-2906 or Fax 714 567-2815. Tambien puede contactar The Joint Comission al (800) 994-6610 o a complaint@joint commission.org para reportar problemas=sobre los centros de salud.
  26. Infórmese sobre los costos de la atención médica:
    1. Usted tiene el derecho de entender lo que costará su atención médica. Le informaremos en qué consistirán sus cuidados y cuáles podrían ser los costos antes de que reciba cualquier atención o servicio.
    2. Tiene derecho a participar en la elaboración y actualización de su plan de atención, para que lo comprenda y pueda dar su opinión.

Usted y sus niños(as) tienen la responsibilidad de:

  1. Participar activamente en las decisiones sobre la atención y el tratamiento.Tratar a los demás con respeto y dignidad. Respetar la privacidad de los demás.
  2. Ser considerado con otros pacientes, familias y personal y seguir las reglas del hospital sobre la conducta de los pacientes, familiares y visitantes.
  3. Seguir las reglas y restricciones del hospital sobre el número de visitantes permitidos, cuándo pueden venir de visita y por cuánto tiempo.
  4. Respetar la propiedad del hospital y la propiedad de los demás.
  5. Dejarnos saber si tiene alguna pregunta o inquietud sobre el tratamiento o la atención de su hijo.
  6. Conocer los requisitos de atención médica de su hijo después de ser dado de alta del hospital, incluida la atención de seguimiento.
  7. Ser parte del equipo de atención médica de su hijo; esto significa:
    • Proporcionar información precisa y completa sobre la salud de su hijo;
    • Responder a todas las preguntas con honestidad y precisión;
    • Hacer preguntas para comprender lo que está sucediendo y por qué;
    • Seguir el tratamiento que los médicos y enfermeros de su hijo planificaron;
    • Informarnos sobre cualquier cambio; y
    • Conocer al médico que está a cargo de la atención de su hijo.
  8. Proporcionar información precisa y completa sobre el seguro médico y los pagos de su familia. Pagar las facturas a tiempo.
  9. Conocer sus responsabilidades con respecto a las necesidades continuas de salud de su hijo. Estos Derechos del paciente combinan el Título 22 y otras leyes de California, la Comisión Conjunta y los requisitos de las Condiciones de participación de Medicare. (3/17)
Rady Children's Hospital - Orange County

Rady Children's Health: formerly Children's Hospital of Orange County

1201 W La Veta Ave
Orange, CA 92868

(714) 997-3000

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